Málaga, 9 de marzo de 2021
Juan Gavilán Perdiguero.
Trabajador Social. Mediador en la entidad SOLUCIONA y Facilitador en el Programa Diálogos Restaurativos. Educador en Servicios Sociales Ayuntamiento de Málaga
Patricia Barcones.
Abogada. Mediadora en la entidad SOLUCIONA y Facilitadora en el Programa Diálogos Restaurativos
Introducción.
La justicia restaurativa es un nuevo paradigma dentro del mundo de la gestión de conflictos, donde las mismas partes involucradas y la comunidad, toman protagonismo frente a la delegación de derechos en la administración de justicia. Quienes están involucrados en un hecho o relación dañosa, pueden acudir a estas formas de resolución de conflictos, asistidas por una facilitadora o un facilitador, logrando así la satisfacción de las necesidades emergentes al daño sufrido.
Especialmente en el ámbito penal, la Justicia restaurativa puede entenderse como una forma de relacionarse de las personas que han tenido un conflicto con la ley para reparar el daño cometido por el delito y que pasa por ser uno de los mejores mecanismos reparadores para lograr la reeducación y resocialización de la persona que ha delinquido.
A modo de ejemplo, en el Congreso Internacional de Criminología que tuvo lugar en Budapest en el año 1993, se acuñó el concepto de justicia restaurativa con el fin de restaurar la paz, reparar el daño, y prevenir la repetición de la victimización como nuevo e interesante modelo de resolución de conflictos penales.
La Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre, que aprueba el actual Código Penal en España, considera en su art. 21.5 la aplicación de atenuante la de “haber procedido el culpable a reparar el daño ocasionado a la víctima o disminuir sus efectos, en cualquier momento del procedimiento”, debiendo ser la misma real y efectiva para que produzca los efectos de atenuación en el establecimiento de la pena, reparación a la que se llega a través de la mediación penal-reparación del daño que ofrecen algunos juzgados.
Con posterioridad la Resolución 2002/12 el Consejo Económico y Social de Naciones Unidas fijó los denominados “Principios básicos para la aplicación de programas de Justicia Restaurativa en materia penal”, ahondando en la idea de que las cárceles no son ni la única forma ni la mejor como respuesta al delito y que hay otras interesantes alternativas a la justicia penal.
La Recomendación CM/Rec. (2018) 8 del Comité de Ministros a los Estados Miembros de la UE anima a los estados a adoptar la justicia restaurativa dentro de sus ordenamientos jurídicos, especialmente en el ámbito de los conflictos penales, con el objetivo de satisfacer las necesidades que se han creado como resultado de un delito. Entre sus conceptos definitorios hace referencia a la Justicia Restaurativa como cualquier proceso que permita a aquellas personas dañadas por el delito y a las personas responsables del daño a participar activamente, si dan su consentimiento libremente para ello, en la resolución de las consecuencias resultantes del delito, con la ayuda de un tercero independiente y cualificado (en lo sucesivo, el “facilitador”).
Específicamente en el ámbito del cumplimiento de penas, el Consejo General del Poder Judicial llevó a cabo un proyecto piloto en seis centros penitenciarios (Granada, Madrid III, Málaga, Nanclares, Pamplona, y Zuera) entre los años 2005-2008) con la utilización de la mediación para aumentar las posibilidades de resolución pacífica de conflictos.
Es bien sabido que las cárceles no son ambientes especialmente resocializadores y que muchas veces aumentan las posibilidades de reincidencia de las personas que ingresan en un centro penitenciario: no ayudan a la rehabilitación, contribuyen a su exclusión social y suponen un gasto importantísimo para las arcas de un país. De ahí la importancia de los talleres que llevamos a cabo equipos de psicólogos, abogados, educadores y/o trabajadores sociales para trabajar con personas internas del Centro de Inserción Social de Málaga la reparación del daño causado como meta para su reinserción.
Experiencia de Justicia Restaurativa en Málaga.
En el año 2017 la Asociación Soluciona, miembro de la Federación Española de Justicia Restaurativa FERJ junto a otras entidades que forman parte de la misma, comienza a desarrollar en el Centro de Inserción Social “Evaristo Martín Nieto” y con el aval de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, el programa “Diálogos Restaurativos y reparación del daño en ejecución de la pena” (en adelante Diálogos Restaurativos) como medida alternativa a la prisión y para favorecer la reinserción de las personas que cumplen una pena. El programa sigue los lineamientos generales, entre otros, presentes en el Manual sobre Programas de Justicia Restaurativa de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, que define a los programas de justicia restaurativa como aquel programa que usa “procesos restaurativos y busca lograr resultados restaurativos”. En nuestro caso específico, el programa tiene como antecedente, entre otros programas de justicia restaurativa penitenciaria, la experiencia de la Confraternidad Carcelaria Internacional “Árbol Sicomoro”. Dicho programa define como objetivos fundamentales a cumplir en su ejecución: la posibilidad de permitir que las personas condenadas por la comisión de un delito, asistencia a un taller donde se trabaje sobre la necesidad de asumir como propia la responsabilidad por el hecho, el arrepentimiento y necesario cambio de conducta, buscando sobre todo la reparación del daño provocado a las víctimas y a la comunidad.
Volviendo al programa Diálogos Restaurativos, la selección de los y las participantes es llevada a cabo por los distintos servicios de gestión de penas y medidas alternativas de los centros penitenciarios.
Durante las sesiones se utilizan distintas dinámicas para presentación, para favorecer la comunicación y colaboración, romper el hielo, etc., como por ejemplo el ovillo en la que cada asistente sentado y/o sentada en círculo se presenta y explica los motivos que le ha llevado al taller o el hecho que motivó la condena. Mientras se lanza el ovillo a la siguiente persona participante, se va tejiendo una red de respeto y compromiso.
Fijamos entre todas las personas participantes unas reglas o pautas a seguir durante las sesiones de puntualidad, control de asistencia, respeto a los compañeros y compañeras y otras que se pactan entre los presentes de común acuerdo, que se relacionan con la forma en la que se relacionarán entre sí, los valores que guiarán el trabajo, necesidades y deseos de cada persona.
Entrevistas
El programa prevé una serie de entrevistas con las personas derivadas al taller, con el fin de poder hacer un seguimiento en su progreso. La primera toma de contacto tras la presentación al grupo de las personas facilitadoras y la explicación de los objetivos generales previstos a lo largo de las diez sesiones y temas a abordar dentro de los diálogos restaurativos, se hace a través de una entrevista individual.
En dichas entrevistas interesa conocer su vinculación con los hechos que han causado la condena, la experiencia que tengan con el sistema judicial, las personas más afectadas por sus condenas así como una serie de preguntas específicas en función de la tipología de delito cometido. Especial atención reviste en las entrevistas, el apartado restaurativo. Entre este tipo de preguntas, la entrevista trata de obtener de la persona condenada qué pensaba cuando ocurrió el hecho, que reflexión ha hecho desde el momento de la comisión del acto y cómo piensa que podría componer la situación actual.
El Programa
El trabajo realizado con las personas penadas incluye el análisis y contraste justicia penal tradicional y Justicia Restaurativa, la responsabilidad por los hechos y sus consecuencias, el arrepentimiento expresado a través del reconocimiento de conducta delictiva y su expresión concreta, la aceptación de la responsabilidad y compromiso de no volver a cometer la misma acción. En forma transversal, la comunicación no violenta, las emociones y el perdón.
La resiliencia es un recurso esencial del programa. Se recurre a las fuentes y pilares de la resiliencia como un modo práctico de construir las bases sólidas que permitan a las personas afrontar los aspectos negativos que se pudieran presentar a lo largo de sus propias vidas, como escudo protector para no caer en actitudes peligrosas tanto para sí mismas como para la comunidad. Entendemos la resiliencia como una condición humana que debe ser desarrollada y potenciada, tanto a nivel individual como grupal, de ahí que el trabajo en grupo sea para nosotros terapéutico y esencial
Sesiones telemáticas: consecuencias del Covid-19
Lógicamente la Covid_19 ha venido a alterar el normal desenvolvimiento del Taller, para el que hemos tenido que activar las sesiones telemáticas a distancia, a través de los teléfonos móviles de las personas penadas y la utilización de Video llamadas a través de Zoom y Jitsi, junto con la aplicación de mensajería Telegram. Gracias a las nuevas tecnologías hemos podido dar continuidad a la realización de los talleres durante el ejercicio de 2020 y esperamos que una parte del presente 2021. Poco a poco, iremos reduciendo las sesiones virtuales hasta volver a la normalidad de las sesiones presenciales
ASISTENCIA DE VÍCTIMA
Víctima. Se suele escoger a una persona que ha sufrido un delito para que exponga la acción de que fue objeto así como el sufrimiento o daño ya sea físico, psíquico o moral padecido. Suele ser muy terapéutica por el feedback que genera, valorándose desde la perspectiva contraria a la suya. Hemos recurrido al “mentor o mentora”: se trata de una figura con muchísima fuerza y convicción para las personas participantes en los talleres, dado que las aproxima a una realidad muy cercana. Suele ser una persona que acaba de pasar por el mismo proceso de sanación, que utiliza su mismo lenguaje, y que lo hace de forma muy cercana y por condenas o delitos similares a las de las personas a las que llega a sensibilizar por su aprendizaje y en su caso, los cambios experimentados en su vida.
Entrevistas Finales
La comprobación del éxito de la filosofía restaurativa la visualizamos a través de la realización de las entrevistas que ponen fin a los Talleres. A través de 11 items intentamos conocer su valoración sobre el mismo, las cosas positivas que se llevan para su vida, las reflexiones más importantes que han realizados durante las sesiones, las consecuencias de su conducta, las actitudes que han experimentado un cambio en sus vidas, el cumplimiento de las expectativas, los cambios que proponen para futuras ediciones del Taller o nuevos temas y si recomendarían los diálogos restaurativos a personas que estuvieran en su misma situación.
La mayoría de personas participantes en el Programa han valorado de forma muy productiva su participación en el Programa, por su aprendizaje y enseñanza de forma amena, constructiva y esencialmente educativa tanto sobre el valor de las cosas como los sentimientos de las personas.
Para su vida personal dicen llevarse muchas cosas positivas sobre todo a los compañeros y compañeras que han conocido, a las personas facilitadoras y muchos consejos y experiencias de otras personas participantes, además de grandes valores y a saber respetar a los demás y a recapacitar además de a saber escuchar y disculparse por una mala acción. También valorar esencialmente el trabajo en equipo, la comunicación y una segunda oportunidad en la vida para recomponerse.
La reflexión más importante que manifiestan en sus entrevistas tiene que ver con pararse a pensar las cosas antes de actuar y controlar la impulsividad además de las consecuencias de determinados delitos sobre su libertad.
La condena les lleva sobre todo a pensar las cosas antes de hacerlas, a mejorar en sus relaciones con sus amigos y familia, y sobre todo a solucionar los problemas de forma más inteligente y desde otros ángulos de visión.
Respecto a los temas abordados en los talleres les suelen parecer bastantes completos, valorando de forma muy especial los dedicados al arrepentimiento, la paz y el perdón y una segunda oportunidad en sus vidas.
VÍCTIMAS DE LA EXCLUSIÓN SOCIAL
La vida de estas personas no ha sido fácil, nada fácil. Más bien rampas de subida en barrios o zonas de exclusión social de la capital o alguna localidad de la Costa. Una mayoría de las participantes se encuentran en situación de desempleo, de larga duración y sin cobrar ningún tipo de prestación. Solo algunos de los más afortunados trabajan en la construcción, limpieza o restaurante. Quienes trabajan lo hacen en trabajos precarios y sin alguna estabilidad.
La mayoría de ellas es una población que vive en situación vulnerable, con numerosos indicadores sociales negativos como la tasa de paro, problemas de convivencia o bajísimo nivel educativo, todo además agravado por la larga década de crisis económica que vivimos desde 2008.
CONCLUSIÓN
Todo parece presagiar que los programas de Justicia Restaurativa van a evidenciar unos resultados bastante satisfactorios. A día de hoy no se puede constatar que esta experiencia consiga la reinserción social de las personas que asisten a los Talleres de Diálogos Restaurativos por tratarse de una experiencia que lleva pocos años, pero entendemos que todo lo que beneficie el enfoque resocializador y una ejecución de la pena más humana, supondrá notables beneficios sociales. Indudablemente trabajar la reparación del daño y la asunción de responsabilidad así como el perdón o el arrepentimiento, son elementos que van a colaborar en esa pretendida reinserción y que va a generar más beneficios que la justicia penal tradicional. Durante el 2021 este programa se extenderá a los tres niveles de cumplimiento de pena, es decir al segundo y tercer grado penitenciarios y a las medidas alternativas (trabajos en beneficio de la comunidad, programas específicos, etc.), intentando llegar así a más población penitenciaria.
Todavía nos queda pendiente el trabajo con las víctimas directas de los delitos que han realizado las personas que nos derivan a los grupos. Desde el poder judicial el temor a la doble victimización hacen que se dificulte el contacto con las víctimas, aunque sea simplemente para ofrecerles la posibilidad de beneficiarse del programa. Esperamos que poco a poco esto se vea solventado
Las ventajas se antojan muy evidentes, como la de reducir los efectos estigmatizantes de la justicia penal, así como la implicación y responsabilidad de las consecuencias de sus acciones y que finalmente podrían conllevar la pretendida reeducación y reinserción social de las personas participantes en los Diálogos Restaurativos.
BIBLIOGRAFÍA
- Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre, que aprueba el Código Penal español.
- Resolución 2002/12 el Consejo Económico y Social de Naciones Unidas.
- Recomendación CM/Rec(2018)8 del Comité de Ministros a los Estados miembros en Materia de Justicia Restaurativa Penal.
- Manual sobre programas de justicia restaurativa. Serie de Manuales sobre Justicia Penal. Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito.